Herenio Modestino (latín: Elius Florianus Herennius
Modestinus) fue un jurista posclásico del siglo III y discípulo de Ulpiano
junto con Paulo. Desempeñó altos cargos en la administración de Roma y entre
los años 226 y 244, fue praefectus vigilum en Roma y desarrolló su actividad
como jurista en parte ya en tiempo de Maximiano, de Gordiano III, y
puede que incluso de Filipo el Árabe. Los juristas de esta época aunque
no pertenecieron a ninguna escuela, eran llamados tardoclásicos o severianos
por vivir en época de estos emperadores. Modestino suele ser considerado como
el último jurista clásico; debió ser el último que tuvo el ius respondedi ex
autoritas principis.
Tuvo estrechas relaciones con el mundo helenístico:
escribió parte de sus obras en griego (por ejemplo, De excusationibus en 6
libros) y muestra una fuerte tendencia a sistematizar el pensamiento jurídico
en forma dogmática; falto de originalidad, escribió en griego y en latín en la
forma simple y clara que preferían los maestros, aunque postclásicos. Escribió
obras elementales destinadas a la enseñanza, unas Reglas en diez libros.
En el 450, Teodosio II y Valentiniano III promulgaron
la Tercera Ley de Citas en la que se dice que en los tribunales sólo se pueden
alegar a cinco autores: Papiniano, Paulo, Ulpiano, Modestino y Gayo. Pero estas
alegaciones se deben hacer de un modo determinado:
- Se puede alegar la opinión de la mayoría.
- En caso de igual número de alegaciones, prevalece
la opinión de Papiniano.
- En caso de empate sin nombrar a Papiniano, el juez
decide qué opinión prefiere.
Posteriormente se dice que no sólo pueden alegar
estos cinco autores, sino también a todos los que estos cinco aleguen en sus
obras, siempre que se exhiba un original de la obra del autor alegado.
Entre sus obras podemos destacar:
Ad
Quintum Mucium
Pandectarum,
12
Responsorum,
19
Regularum,
10
Differentiarum,
9
De
praescriptionibus, 4
De ritu
nuptiarum, 1
Excusationum,
6
De
manumissionibus, 1
De legatis
et fideicommissis, 1
De heurematicis, 1
De inofficioso testamento, 1
De differentia dotis, 1
De testamentis, 1
Aunque quizá de origen griego, es posible que Herenio
Modestino proviniera de una familia profundamente romanizada, como indica su
nombre; estuvo muy ligado al mundo griego y no es imposible que su lengua madre
fuera la de Homero, como parece poder deducirse de sus Excusationes, escritas
en esta lengua en Roma y con los juristas de la capital, en particular con
Ulpiano, quien se refiere a Modestino como su discípulo.
Es posible que desempeñara el cargo de magister
libellorum en la época de Alejandro Severo, entre los años 222 y 228, y
que su huella haya quedado en algunos rescriptos. Fue prefecto de los vigiles
del 230 al 240. En esta época y quizá entre los años 237 y 238 fue preceptor de
Maximino el Joven, hijo del emperador Maximino el Tracio.
La monografía sobre Las excusas, de Modestino, es la
única monografía clásica escrita en lengua griega; por otra parte, en toda su
obra recurre a casos prácticos expuestos en esta lengua, ligados, naturalmente,
a los intereses de los griegos en las provincias orientales. El contacto con el
ambiente provincial proporcionó al jurista nuevas perspectivas y le permitió
recopilar las transformaciones en aquellos años, entre ellas, la derivada de la
constitutio Antoniniana que hacía necesaria, entre otras cosas, la existencia
de tratados de derecho romano en lengua griega.
No se está muy lejos de la realidad si se piensa que
la obra entera de Modestino refleja los problemas resueltos en la teoría y en
la práctica jurídica de las decisiones de Antonino Caracalla. El sentido
de sus obras más significativas puede rastrearse en la relación que tuvieron
con este advenimiento. Differentiae, Regulae, Pandectae, Libri de Poenis, en
todas ellas prevalece la exigencia de garantizar una facilidad de comunicación
de los contenidos culturales, no siempre presente en la literatura severiana,
para asegurar una rápida difusión del derecho romano en las provincias, que
podía realizarse sólo a través de obras que expusieran de manera elemental y
accesible conceptos jurídicos completamente extraños a aquellos ambientes.
Modestino formó parte del consilium principis de Gordiano
e influyó notablemente en la legislación. La prueba de esta presencia,
confirmada por la actividad que el jurista desarrolló en Roma, se resume, en
primer lugar, por elementos formales de afinidad de lenguaje, existentes entre
las obras del jurisconsulto y bastantes de las constituciones.
De especial interés es la obra de Modestino, De
excusationibus, escrita en griego. Poseemos un gran número de fragmentos en el
Digesto de la misma (una rareza en la literatura de los juristas que nos ha
sido legada) del comienzo de la obra (D.27.1.1pr). No se puede dudar que
Modestino fue el escritor de De excusationibus.
Ulpiano, pese a su agitada vida política, desplegó
también su actividad como profesor de derecho, y discípulo suyo fue el que
también había de ocupar un puesto destacado entre los jurisconsultos romanos,
Modestino, como lo acredita el texto del Digesto (D.47.2.52.20) en el que
Ulpiano lo llama studiosus meus.
A quien Modestino, si no ya llegaba a venerar, sí
admiraba y guardaba un gran respeto era a Paulo. Y, aunque su maestro inmediato
fuese Ulpiano (quien en sus obras nunca cita a Paulo), Modestino no parece
haber heredado la distancia, la rivalidad y la frialdad de su maestro para con
Paulo, a quien cita casi el mismo número de veces que a su maestro en varios
fragmentos, con veneración en algunos de ellos.
Es muy importante ver las remisiones expresas y
tácitas que Modestino hace a los Antoninos y compararlas con las remisiones
expresas y tácitas que hace Filipo a los Antoninos. Esto es muy importante,
porque es una huella más de Modestino en la cancillería de Filipo. A tener en
cuenta si esas remisiones son más propias de los primeros años que de los
últimos. De ser así, ello podría significar que Modestino dejó de pertenecer a
la cancillería imperial en los últimos años (tal vez porque murió); de no ser
así, ello podría significar que estaba vivo en los últimos años de Filipo.
Modestino destaca por preocuparse por los militares,
por las mujeres y por la tutela. Esta última preocupación se observa en las
Constitutiones de Filipo relacionadas con las obras de Modestino. Como por
ejemplo, las relacionadas con la tutela; las relacionadas con los fideicomisos;
con las manumisiones; con las penas; y con respuestas concretas en sus obras
casuísticas o con las preocupaciones teóricas de sus obras teóricas.
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