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domingo, 9 de abril de 2023

CURSUS HONORUM ROMANO

 

El cursus honorum fue el término utilizado en la Antigua Roma para referirse a la carrera política que una persona debería seguir si deseaba ocupar los cargos más altos y prestigiosos del Estado.

 

El cursus honorum se basaba en una serie de cargos públicos que probablemente estén ocupados en un orden específico. El primer paso era convertirse en un ciudadano romano y luego en un senador. A continuación, se debía ocupar un cargo dentro del cursus honorum, que generalmente comenzaba con la elección al cargo de cuestor, el cual consistía en administrar los fondos públicos.

 

Después del cargo de cuestor, los candidatos podrán presentarse a los siguientes cargos: edil, pretor y finalmente al cargo más alto y prestigioso del cursus honorum, el de cónsul. El consulado era el puesto más alto al que podía aspirar a un ciudadano romano y solo los ciudadanos de una cierta clase social podían ser elegidos.

 

Una vez que un ciudadano había ocupado los cargos requeridos del cursus honorum, su carrera política había sido exitosa y podía retirarse de la vida pública, o bien continuar sirviendo al Estado en cargos menores.

 

El cursus honorum fue una parte integral de la sociedad romana y un ciudadano que logró alcanzar los cargos más altos era visto como un individuo de gran importancia y prestigio.

 

El cursus honorum era el sistema de carrera política que existía en la Antigua Roma y que permitía a los ciudadanos más destacados y ambiciosos ascender en la vida pública y ocupar los cargos más importantes del Estado.

 

El primer requisito para seguir el cursus honorum era ser ciudadano romano, lo que implicaba cumplir ciertos requisitos, como tener un padre ciudadano romano, haber nacido en un territorio controlado por Roma o haber sido liberado de la esclavitud. Una vez que se era ciudadano, se podía aspirar a ocupar los cargos políticos.

 

El cursus honorum se compuso de una serie de cargos públicos que seguramente estarán ocupados en un orden específico. El primer cargo que debía ocupar un ciudadano era el de cuestor, que consistía en administrar los fondos públicos. Los cuestores se encargaban de la gestión financiera del Estado y podrían ser ciudadanos con experiencia y capacidad para administrar.

 

Después del cargo de cuestor, se podía aspirar a los siguientes cargos: edil, pretor y cónsul. Los ediles eran los encargados de la organización de los juegos y espectáculos públicos, mientras que los pretores ejercían como jueces y supervisaban los asuntos legales. El cargo más alto al que se podía aspirar era el de cónsul, que se encargaba de dirigir el gobierno y el ejército romano.

 

Los ciudadanos que habían ocupado los cargos del cursus honorum con éxito eran considerados personas de gran importancia y prestigio en la sociedad romana. Una vez que un ciudadano había alcanzado el cargo de cónsul, su carrera política había sido exitosa y podía retirarse de la vida pública o continuar sirviendo al Estado en cargos menores.

 

El cursus honorum se esperaba un sistema justo y meritocrático, ya que permitía a los ciudadanos más capaces y estaba preparado ascender en la vida pública y alcanzar los cargos más altos del Estado. Sin embargo, solo los ciudadanos de una cierta clase social podrían aspirar a estos cargos, lo que excluía a la mayoría de la población romana. Además, algunos ciudadanos ricos y poderosos podrían influir en el proceso de elección y ocupar cargos sin haber seguido todo el cursus honorum, lo que en ocasiones generaba tensiones y conflictos políticos.



domingo, 26 de julio de 2020

TRAS LA MONARQUÍA ROMANA, LA REPÚBLICA DE LOS CÓNSULES, PRETORES Y CUESTORES



Por supuesto, los romanos, aun bajo una república, debían tener a alguien que los gobernase. Para evitar que este gobernante tuviese demasiado poder (no más Tarquinos, habían decidido los romanos), fue elegido por un año solamente y no podía ser reelegido de inmediato. Además, para asegurarse doblemente, fueron elegidos dos gobernantes, y no sería válida ninguna decisión que no fuese tomada por ambos de común acuerdo. De este modo, aunque uno de los gobernantes anuales hiciese algún intento para aumentar su poder, el otro, por celos naturales, le haría frente. Y ambos, en ciertos aspectos importantes, tenían que inclinarse ante el Senado.

 

Este sistema funcionó bien durante varios siglos.

 

Al principio, estos gobernantes electos fueron llamados pretores, voz proveniente de palabras que significaban «ir a la cabeza». Más tarde, el hecho de que fueran dos pareció lo más importante del cargo y fueron llamados cónsules, que significa «asociados». En otras palabras, debían «consultarse» uno al otro y llegar a un acuerdo antes de emprender una acción.

 

Es por este nombre de «cónsules» por el que mejor conocemos a estos gobernantes. Luego fueron llamados pretores otros magistrados secundarios que servían bajo las órdenes de los cónsules.

 

Los cónsules estaban al frente de las fuerzas armadas de Roma y su misión particular era dirigir esos ejércitos en la guerra. Dentro de la ciudad, una clase inferior de magistrados, los cuestores, también elegidos de a dos y por el término de un año, actuaban como jueces y supervisaban los juicios penales. (La palabra «cuestor» significa «indagar por qué».) En años posteriores, su función cambió y actuaron como funcionarios financieros a cargo del tesoro público.

( Isaac Asimov )


miércoles, 29 de mayo de 2019

DISCURSO DEL DICTADOR SILA SOBRE GOBERNACIÓN DEL IMPERIO ROMANO



Ahora Roma tiene diez provincias. Voy a nombrarlas, padres conscriptos. Hispania Ulterior, Hispania Citerior, Galia Transalpina, Galia Cisalpina, Macedonia y Grecia, Asia, Cilicia, Africa y Cirenaica, Sicilia, Cerdeña y Córcega. Diez provincias con diez gobernadores. Si ninguno permanece en la provincia más de un año, serán diez hombres para diez provincias a principio de cada año: los dos cónsules y los ocho pretores que dejan el cargo.

 

A cada uno de los gobernadores se le asignará un cuestor salvo al de Sicilia, que tendrá dos, uno para Siracusa y otro para Lilibeo. Así, de los veinte cuestores, quedan nueve para Italia y Roma. De sobra. Cada gobernador tendrá además un equipo de servidores públicos, desde lictores y heraldos hasta escribas, funcionarios y contables. Será deber del Senado (actuando a recomendación del Tesoro) asignar a cada gobernador una determinada suma que se denominará estipendio, y este estipendio no se aumentará bajo ningún concepto durante el año. Por consiguiente, constituye el sueldo del gobernador, y se le abonará por adelantado. Con él pagará a los servidores y los gastos del cargo, y deberá presentar a fin de año un estado de cuentas detallado, aunque no estará obligado a devolver lo que no haya gastado. Es suyo desde el momento en que se le entrega, y con él hace lo que le parece; si lo quiere invertir en Roma a su nombre antes de partir para la provincia, puede hacerlo. ¡Pero que sepa que no se le enviará ningún dinero más!. Tengo que hacer otra advertencia. Dado que el estipendio es propiedad suya desde el momento en que se le paga, se les puede retener legalmente si el futuro gobernador tiene deudas. Por lo tanto, aviso a todos los posibles gobernadores que su carrera puede verse comprometida si contraen deudas. ¡Un gobernador arruinado que vaya a hacerse cargo de una provincia se verá acusado de grave delito a su regreso!.

 

Voy a anular toda potestad de las asambleas en cuestiones de guerra, provincias y asuntos extranjeros. A partir de ahora, las asambleas no podrán tratar de guerras, provincias y asuntos extranjeros, ni siquiera en contio; serán asuntos de exclusiva potestad del Senado. A partir de ahora, las asambleas aprobarán leyes y celebrarán elecciones, pero nada más. No tendrán participación en juicios, asuntos extranjeros ni cuestiones militares.

 

Ya sé que desde la época de los hermanos Gracos las asambleas se habían utilizado cada vez más para obtener mando militar y la gobernación de provincias, y hasta para despojar de ese mando a los nombrados por el Senado. Le había sucedido al padre del Meneitos cuando Mario le había arrebatado el mando de la campaña de Africa, y lo he sufrido yo mismo cuando Mario me había arrebatado el mando de la guerra contra Mitrídates. Pero esto ya se ha terminado, y por lo que observo en vosotros, la nueva ley era bien recibida.

 

Los dos cónsules deben ser enviados a las dos provincias consideradas más turbulentas o en peligro. Las provincias consulares y las pretorianas se asignarán a suertes. Habrá que ajustarse a ciertas convenciones para mantener el buen nombre de Roma en el orbe. Si se hacen levas de naves o flotas en las provincias o en reinos clientes, el coste se deducirá del tributo anual. Y la misma ley se aplicará a las levas de tropas o abastecimientos militares.

 

Quizás algunos os preguntaréis que si un gobernador tiene que afrontar una guerra en su provincia, ¿tendrá que dejarla al cabo de un año?.

 

Mi respuesta es no. Puede incluso darse el caso de que el Senado se vea obligado a enviar a los cónsules del año a una guerra extranjera. Si Roma se ve acosada será difícil evitarlo. Sólo pido al Senado que considere muy detenidamente las soluciones antes de comprometer a los cónsules del año en una campaña extranjera o prorrogar el mandato de un gobernador.

 

Voy a plantear una situación hipotética. Pongamos que llega un año en que Roma se ve acosada por todos lados. Pongamos que los cónsules y todos los pretores disponibles del año han tenido que ir a luchar mientras desempeñaban el cargo, o supongamos que los cónsules del año no tienen suficiente experiencia militar para ser enviados a la guerra. Digamos que se da la posibilidad de que faltan gobernadores, porque un par de ellos han muerto a manos de los bárbaros o por otras causas. Y supongamos que en el Senado no hay hombres con experiencia o capacidad que quieran o puedan asumir el mando militar o el cargo de gobernador. Si he privado a las asambleas de la potestad de discutir el asunto y adoptar la decisión de lo que debe hacerse compete exclusivamente al Senado, ¿qué debe hacer éste?

 

Supongamos que Roma se ve acosada por todas partes. No hay magistrados curules. No hay consulares ni ex pretores. No hay senadores con suficiente experiencia o capacidad. Pero Roma necesita otro jefe militar o un gobernador. En ese caso el Senado debe buscar fuera de sus filas a ese hombre, ¿no os parece?. 


Lo que expongo es una situación insoluble con los medios habituales. En cuyo caso, la solución debe buscarse con medios extraordinarios. En otras palabras, el Senado tiene la obligación de buscar en Roma un hombre de capacidad y experiencia excepcionales para darle la autoridad legal necesaria para que asuma el mando militar o el cargo de gobernador.

 

¿Aunque sea un liberto, si se diera el caso?. Así es, aunque sea un liberto. Aunque yo más bien me inclinaría a pensar que sería elegido un caballero o un centurión. Yo conozco un centurión que en cierta ocasión estuvo al mando de una peligrosa retirada y le fue concedida la Corona de Hierba, y después obtuvo la toga bordada de púrpura de una magistratura curul. Se llamaba Marco Petreio. De no haber sido por él, se habrían perdido muchas vidas y aquel ejército no habría podido volver a entrar en combate. Accedió al Senado y murió honrosamente durante la guerra itálica. Su hijo forma parte de los nuevos senadores nombrados por mí.

 

Hasta ahora el Senado no tenía poder legal para dar imperium para mando militar o gobierno a quien no fuera senador!. Pero desde este momento con mis nuevas leyes el Senado tendrá ese poder y deberá dárselo. Denominaré a ese cargo de gobernador o de mando militar «encomienda especial», y otorgaré la autoridad debida al Senado para que otorgue el imperium que considere necesario. A cualquier ciudadano romano, aunque sea un liberto.


domingo, 27 de agosto de 2017

RESUMEN DE LAS PRINCIPALES MAGISTRATURAS O CARGOS POLÍTICOS ROMANOS EN LA ÉPOCA DE CÉSAR

 


-Cuestores (o indagadores): eran los funcionarios de Hacienda que velaban por la tesorería y libraban los pagos. Cuando Roma era sólo algo parecido una modesta alcaldía eran dos, pero en la época de César el Estado había crecido tanto que ya eran cuarenta.

 

-Ediles: eran el equivalente a los concejales municipales. Solían ser cuatro.

 

-Pretores: eran altos funcionarios de algo parecido al ministerio de Justicia y del de Interior. Ocupaban el lugar de los cónsules cuando éstos se ausentaban de la ciudad. En la época de César eran ya dieciséis.

 

-Cónsules (palabra que significa asociados): eran algo parecido a los presidentes de gobierno con poderes casi absolutos. Presidían el Senado y los comicios y capitaneaban el ejército. Como eran dos y sus decisiones debían ser colegiadas, muy a menudo estaban enfrentados y no llegaban a decisión ninguna. Los romanos no lo lamentaban: de este modo se evitaba que uno de ellos acaparara demasiado poder y cayera en la tentación de proclamarse rey. Es que en Roma el mando único estaba muy desprestigiado porque traía aciagos recuerdos de cuando fue monarquía. La palabra rey era tabú hasta el punto que, cuando se restauró la monarquía hereditaria, los reyes jamás se atrevieron a usar tal título y se contentaron con el de emperador, aunque sus poderes fueran tan absolutos y hereditarios como los de cualquier monarca antiguo.

 

-Otros cónsules salientes (los consulares) eran nombrados censores, un importante cargo quinquenal cuyo cometido consistía en elaborar y mantener al día el censo de los ciudadanos, actualizándolo por clases según la fortuna de cada individuo. También designaban a los nuevos senadores y velaban por la pureza de las costumbres.

 

Los cargos gubernativos más bajos (cuestores y ediles) tenían solamente potestas, es decir, poder administrativo; pero los más altos (pretores, cónsules, procónsules) estaban dotados, además, de imperium, poder de vida y muerte, cuyo carácter sagrado confería inviolabilidad. Cuando ejercían su cargo, los magistrados con imperium iban precedidos y escoltados por un número variable de soldados (lictores) que portaban al hombro las fasces, o haces de varas de azotar, símbolo del poder coactivo que otorgaba el cargo.

 

Aparte los romanos también crearon para su gobierno la figura del dictador, al que se le otorgaba temporalmente poderes absolutos, y así ocurría cuando el Estado estaba en gravísimo peligro o riesgo, que requería la resolución pronta y rápida de una sola persona con todos los poderes absolutos y que nada ni nadie le obstruyera en sus decisiones de resolver la grave crisis.



domingo, 30 de julio de 2017

IMPERIUM, TRIBUNOS DE LA PLEBE, PATRICIOS Y PLEBEYOS


A primera vista, el tribuno de la plebe era un cargo menor en la jerarquía senatorial. Los tribunos de la plebe no tenían imperium, palabra sin equivalente en el mundo no romano. Pero ¿qué demonios era el Imperium?, ese poder que se consideraba de emanación divina solo aplicable entre los romanos.  Pues bien, eso de ímperíum equivalía al grado de autoridad que posee un dios en la tierra. Con aquello, un solo pretor podía obligar a un gran rey a que le acompañase. Los gobernadores provinciales tenían imperium, los cónsules tenían ímperíum, los pretores tenían imperium, curules y ediles tenían imperium, pero todos ellos poseían una clase distinta de imperium. La única evidencia tangible de imperium era el lictor. Los lictores eran ayudantes profesionales que iban delante del que ostentaba el imperium abriéndole paso y llevando sobre el hombro izquierdo el fasces o haz de varas sujetas con cintas rojas.

 

Los censores no tenían imperium. Ni los ediles de la plebe, ni los cuestores. Tampoco lo tenían los los tribunos de la plebe. Estos últimos eran los representantes elegidos del pueblo, ese vasto conjunto de ciudadanos romanos sin derecho a la alta distinción de ser patricios. Los patricios eran la aristocracia antigua, aquellos cuya familia había formado parte de los padres de Roma. Cuando la república romana acababa de constituirse, sólo contaban los patricios, pero conforme algunos plebeyos adquirieron dinero y poder e ingresaron en el Senado ocupando una silla curul, también quisieron ser aristócratas, y el resultado fueron los nobilis (nobles). Así, la doble aristocracia la constituían los patricios y los nobles. Para ser noble bastaba con tener un cónsul en la familia, y nada impedía que un plebeyo llegara a cónsul. De este modo quedaban satisfechos el honor y la ambición de los plebeyos.

 

Los plebeyos tenían su propia asamblea de gobierno, a la que les estaba vedada la asistencia y el voto a los patricios. Pero tan poderosos se habían hecho los plebeyos, en detrimento de los patricios, que este nuevo organismo de la Asamblea de la Plebe era quien asumía la mayor parte de la legislación. Para que velaran por sus intereses, la plebe elegía diez tribunos renovables cada año, y ésa era la peor característica del gobierno romano: que sus magistrados sólo ocupaban el cargo durante un año, con la consecuencia de que no se podía sobornar a una persona, al no saber si iba a durar lo bastante para servir los intereses de uno. Así, cada año había que sobornar a un hombre distinto, y generalmente había que sobornar a varios.

 

No, un tribuno de la plebe no tenía imperium ni era un magistrado mayor; en apariencia, no contaba gran cosa, pero tenía el enorme poder de vetar cualquier ley recién votada o aprobada. No obstante, habían logrado convertirse en los magistrados más importantes del común y disponían de auténtico poder, ya que eran los únicos con derecho a veto, un mecanismo político para que manteniera la división de poderes y no llegara a ser absoluto para nadie. Y era un veto que obligaba a todos; sólo el dictador quedaba exento de él.. Un tribuno de la plebe podía vetar a un censor, a un cónsul, a un pretor, al Senado, a sus nueve colegas tribunos de la plebe, vetar las reuniones, las asambleas, las elecciones, prácticamente cualquier cosa, y el esto residía el enorme poder del aparentemente tribuno de la plebe que no disponía de Imperium alguno con el resto de los magistrados. Además, su persona era sacrosanta; es decir, no se le podía impedir físicamente que ejecutara sus funciones. Y, además, hacía las leyes.

 

El Senado no podía legislar, sino únicamente recomendar la adopción de una ley. Es indudable que todo esto tendía a establecer un sistema equilibrado de controles para impedir la posible hegemonía política de un organismo o un individuo. Si los romanos hubieran sido una raza superior de animales políticos, el sistema habría dado resultado; pero como no lo eran, casi no funcionaba. De entre todos los pueblos en la historia universal, los romanos eran los más ingeniosos para encontrar subterfugios legales a la ley, y por eso desarrollaron lo que conocemos como "Derecho Romano".



domingo, 26 de abril de 2015

¿ QUÉ ERA UN CENSOR?



Era el magistrado superior de Roma, aunque no contaba con un imperium, por tanto no disfrutaba de la escolta de los lictores.


Para ser candidato a censor, un hombre tenía que haber sido cónsul y sólo los famosos se molestaban en presentarse. La Asamblea Centuriada elegía dos censores para que sirvieran durante un periodo de cinco años, llamado lustrum.



Los censores inspeccionaban y regulaban la afiliación al Senado y a las Clases y tribus de los ciudadanos romanos.




También llevaban a cabo un censo de todos los ciudadanos romanos del mundo.




Arrendaban los contratos estatales y llevaban a cabo varios trabajos públicos. Por lo general no se llevaban demasiado bien y tendían a dimitir mucho antes de que. acabara el lustrum.