A esta afortunada época de nuestros señores C. Aurelio Valerio
Diocleciano Felix, invicto, augusto, y Marco Aurelio Valerio Maximiano Pío
Felix, invicto augusto, y M. Flavio Constantino y C. Galerio Valerio Maximiano,
muy nobles cesares y cónsules, gracias a cuya virtud y previsión todo se está
reformando para bien…
Pasión por los romanos. Un blog de divulgación creado por Xavier Valderas que es un largo paseo por el vasto Imperio Romano y la Antigüedad, en especial el mundo greco-romano.
Mostrando entradas con la etiqueta EMPERADOR CONSTANTINO. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta EMPERADOR CONSTANTINO. Mostrar todas las entradas
miércoles, 15 de abril de 2020
viernes, 20 de marzo de 2020
JESUCRISTO SE APARECE A CONSTANTINO EN UNA CRUZ
Antes de que comenzara la
batalla, Constantino tuvo una visión. A mediodía, bajo un brillante cielo azul,
el general vio una cruz resplandeciente con una inscripción encima: «Con este
signo vencerás». Vio que el santo Cristo apareció con la cruz y que la promesa
fue cantada por ángeles.
( Eusebio en "Vida de
Constantino" )
Etiquetas:
CRISTIANDAD,
CRISTIANISMO,
EMPERADOR CONSTANTINO,
EUSEBIO,
JESUCRISTO,
JESUCRISTO SE APARECE A CONSTANTINO EN UNA CRUZ
jueves, 10 de octubre de 2019
MATRIMONIO Y DIVORCIO EN LA ANTIGUA ROMA
No debe extrañarnos que los antiguos
romanos concedieran menos importancia que nosotros al matrimonio. De hecho, una
buena parte de la población romana se emparejaba, es decir eran “pareja de hecho”
sin llegar a casarse. Sólo una de cada tres parejas en Roma llegaba al
matrimonio.
La forma de matrimonio más arcaica, fue
el usus, que contemplaba una forma de divorcio inmediato si la esposa pasaba
tres noches seguidas fuera del hogar. Los esclavos tuvieron prohibido casarse
hasta el s.III En la época del Imperio, el matrimonio era un acto estrictamente
privado. Se trataba de un sencillo contrato de consenso que no generaba
documento alguno ni registro. Sin embargo, este sacramento surtía ciertos efectos
jurídicos, puesto que los hijos habidos heredaban del padre nombre y fortuna.
LA MUJER COMO PROPIEDAD E INSTRUMENTO: El matrimonio romano podía constituirse de dos
formas jurídicas: el antiguo conventioin manum, en el que el padre de la novia
cedía a su futuro yerno la propiedad de su hija, o el sine manu, (sin dote) en el
que la joven continúa siendo propiedad del padre y el marido solo recibe el
usufructo. Si comete adulterio, por ejemplo, el padre puede matarla aunque el
marido la haya perdonado.
IUS CONNUBIUM: Pero además la mujer no sólo aparentaba en
estos contratos. Era el vientre en el que el marido concebirá a sus hijos como
buen ciudadano. Si un romano tenía una esposa en edad de procrear y un amigo
estaba necesitado de un heredero, podía divorciarse de ella para que el otro pudiera
desposarla y cuando le diera el hijo requerido podía volver a recuperarla. En
este punto recogemos textualmente la información clarificadora que aporta La historia
de la civilización, Tomo III. “César y Cristo.” escrito por el historiador Will
Durant. Simon and Schuster, New York. 1944. p.p 396-397) …”Durante el s. II d.
C., para que un matrimonio fuese tenido por legal en el Imperio Romano se
requería el consentimiento de ambos padres. El matrimonio mediante compra
(coemptio) continuaba como mero rito. En este caso, el novio pagaba por la
novia, pesando un asno o un lingote de bronce en una balanza en presencia de
cinco testigos, habiendo consentido ya su padre o su guardián a la transacción.
En aquella época, la mayoría de los
matrimonios romanos se constituyeron mediante “usus“, es decir, cohabitación.
Para evitar ser sometida la esposa a la “potestad de su nuevo propietario” de
su esposo, ella se ausentaba del hogar tres noches de cada año, reteniendo de
tal manera potestad sobre su propia propiedad personal, con la excepción de la
dote. Conocido como “sine manu“, en este tipo de matrimonio cualquier de los
cónyuges podía terminarlo a su discreción. En cambio, solo el esposo podía
terminar las demás formas de matrimonio.
LA MUJER COMO COMPAÑERA: A partir del
siglo II las cosas cambiaron. La influencia del estoicismo introduce costumbres
más humanitarias. La mujer pasa a ser considerada compañera de su esposo, no su
instrumento. Hubo un tipo de boda que no requería ceremonia alguna, el usus, consistente
en convivir durante un año seguido, pero lo normal era que se optara por
celebrar la boda mediante la antigua coemptio o venta simbólica de la esposa, o
confarreatio, más propia de la clase patricia, en la que los contrayentes
compartían una simbólica torta de trigo ante un sacerdote. Se celebraba el
abandono por parte de la esposa de los cultos domésticos paternos y la
integración en los del esposo. Las justas bodas estaban reservadas para los
hombres libres. Los esclavos no tenían derecho al matrimonio, pues se entendían
que vivían en un estado de promiscuidad sexual, salvo algunos que desempañaban
cargos de responsabilidad en casas patricias. En época republicana, el matrimonio
era siempre ad manus, definición que subrayaba la potestad del pater familias
sobre la esposa y, por lo tanto, también sobre los hijos. No eran aconsejables
los enlaces contraídos en determinadas fechas en las que los espíritus de los
muertos gozaban de libertad en el mundo de los vivos, como las Parentalias
(entre el 18 y 21 de febrero), ni a lo largo del mes de mayo.
LA SEPARACIÓN O DIVORCIO ROMANO: El acto del divorcio romano era tan informal
como el matrimonio porque bastaba con que el marido se levantase aquel día con
el pie izquierdo. La esposa, divorciada por mutuo consentimiento o repudiada, abandonaba
el domicilio conyugal llevándose su dote. Los hijos permanecían con el padre.
En caso de esterilidad, situación que siempre se adjudicaba a la mujer, el
marido tenía derecho a separarse. Igualmente fácil resultaba para la mujer
deshacerse de un marido molesto, aunque perdía cierta consideración social. En
la época imperial la circulación de mujeres, debida a la escasez de su género,
fue tan intensa que algunas de ellas podían cambiar de marido cada año. La
forma de matrimonio más arcaica, el usus, contemplaba una forma de divorcio
inmediato en caso de que la esposa pasara tres noches seguidas fuera del hogar.
LA INFIDELIDAD EN EL MATRIMONIO ROMANO: La infidelidad era un delito frecuente que una
ley del emperador Augusto trató de reprimir sin demasiado éxito. La figura del
cornudo romano resulta un poco patética. La mujer es considerada tan
irresponsable que su infidelidad exime de culpa al marido. Con Constantino se
reprime con dureza esta práctica a partir del siglo III: ordena que se dé
muerte ejemplar a la adúltera derramándole plomo derretido en la garganta. Tratándose
del hombre, en aquel tiempo el adulterio aún se tenía como una ofensa menor.
Pero, en cuanto a la mujer, se tenía como una ofensa grave contra las
instituciones de propiedad y herencia. Con todo, en el siglo II d. C., el
esposo ya no tenía derecho de matar a la esposa sorprendida en adulterio. Teóricamente,
este derecho pertenecía al padre, pero en la realidad atañía a las cortes
romanas, siendo el castigo la muerte o sino el destierro. El concubinato fue
reconocido por la ley como un sustituto del matrimonio, pero no como una
adición al matrimonio. No se le permitía al hombre tener dos concubinas a la
vez. Los hijos nacidos de concubinas fueron clasificados como ilegítimos, no
pudiendo heredar.
Etiquetas:
AMOR,
COEMPTIO,
CONFARREATIO,
DIVORCIO,
EMPERADOR CONSTANTINO,
INFIDELIDAD,
MATRIMONIO,
OCTAVIO AUGUSTO,
PATER FAMILIAS,
SEXO,
USUS
domingo, 22 de septiembre de 2019
ZÓSIMO DICE SOBRE LOS HEREDEROS DE CONSTANTINO
Tras los daños que con todas
estas disposiciones infligió al Estado, murió Constantino de enfermedad.
Recibieron el Imperio sus tres hijos […], quienes se ocuparon del gobierno
atendiendo más a las inclinaciones de la juventud que al bien público. Pues, en
primer lugar, se repartieron las provincias.
martes, 13 de agosto de 2019
EUSEBIO DICE SOBRE CONSTANTINO Y LOS CRISTIANOS
Constantino
fue el primero de los dos —primero también en honor y dignidad imperiales— que mostró moderación con los
oprimidos por los tiranos en Roma. Después de invocar como aliado en sus
oraciones al Dios del cielo y a su Verbo, y aun al mismo Salvador de todos,
Jesucristo, avanzó con todo su ejército, buscando alcanzar para los romanos su
libertad ancestral.
sábado, 2 de febrero de 2019
REBELDES PRETORIANOS
Las legiones pretorianas y las tropas más inclinadas a las
sublevaciones que a la protección de la ciudad de Roma (singulares), fueron
suprimidas totalmente por Constantino, junto con las armas y el uso del
uniforme militar.
( Aurelio Víctor en "Libro de los Césares" )
jueves, 10 de enero de 2019
DECRETO DEL EMPERADOR CONSTANTINO PARA NO SEPARAR A LOS ESCLAVOS DE SUS FAMILIARES ESCLAVOS
En
cuanto a las fincas imperiales de Cerdeña, hay que asegurarse de que los nuevos
poseedores de tierra distribuida entre diferentes propietarios no separen a las
familias de esclavos. ¿Quién toleraría que los hijos fuesen apartados de los
padres, los hermanos de las hermanas y los maridos de las mujeres?. Por tanto,
si alguien ha repartido a las familias entre diferentes señores, es obligatorio
reagrupar a esas familias que han sido separadas. Póngase gran cuidado para que
en lo sucesivo no se produzcan quejas en la provincia a causa de la
distribución de los seres queridos entre diferentes señores.
(
Código Teodosiano )
martes, 25 de diciembre de 2018
DISOLUCIÓN DE LA GUARDIA PRETORIANA
El
emperador Constantino disolvió a los soldados pretorianos y demolió los fuertes
que estos ocupaban.
(
Zósimo en "Nueva Historia" )
Suscribirse a:
Entradas (Atom)




















.jpeg)
.jpeg)
.jpeg)





















