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miércoles, 11 de abril de 2018

DISCURSO EN EL SENADO DEL TRIBUNO DE LA PLEBE LUCIO APULEYO SATURNINO PROPONIENDO LA LEX APPULEiA DE AGER AFRICANUS INSULARUM PARA REPARTIR TIERRAS PÚBLICAS ENTRE LOS LEGIONARIOS DE CAYO MARIO CUANDO SE LICENCIEN


Hace mucho tiempo que la esfera de influencia de Roma no se limita a Italia. Todos sabemos las contrariedades que Yugurta ha causado a Roma. Todos estamos eternamente agradecidos al estimado primer cónsul Cayo Mario por haber puesto fin tan admirablemente, y de forma tan definitiva, a la guerra en Africa. Pero ¿cómo puede Roma garantizar a las generaciónes futuras unas provincias pacificadas de las que puedan gozar sus frutos? Tenemos una tradición, vinculada a las tradiciones de los pueblos no romanos, por la que, aunque éstos vivan en nuestras provincias, son libres de continuar con sus ritos religiosos, sus costumbres comerciales, sus costumbres políticas. A condición de que ello no perjudique a Roma o suponga un peligro. Pero una de las consecuencias más deplorables de esta tradición de no injerencia es la ignorancia. Ninguna de nuestras provincias más allá de Italia, la Galia itálica y Sicilia está al corriente de las cosas de Roma como para que la población se sienta inclinada hacia la colaboración en detrimento de la resistencia. Si la población de Numidia nos hubiera conocido mejor, Yugurta jamás habría podido arrastrarla tras él. Si la población de Mauritania nos hubiera conocido mejor, jamás Yugurta habría convencido al rey Boco para que le apoyase.


Lo que nos lleva al asunto del ager Africanus insularum. Estas islas tienen poca importancia estratégica. Son pequeñas y esta cámara no las echará de menos. No hay oro, ni plata, ni hierro, ni especias exóticas. No son muy fértiles comparadas con los fabulosos graneros del río Bagradas, en el que muchos de los miembros de esta cámara tienen tierras, igual que muchos caballeros de la primera clase. Entonces, ¿por qué no dárselas a los soldados del censo por cabezas de Cayo Mario cuando se retiren? ¿Queremos realmente vivir abrumados con cuarenta mil veteranos proletarios en las tabernas y calles de Roma? Sin trabajo, sin nada que hacer, empobrecidos después de haberse gastado su pequeña parte del botín... ¿No es mejor para ellos, y para Roma, asentarlos en el Ager Africanus insularum? Porque, padres conscriptos, hay un trabajo que pueden hacer cuando se retiren. ¡Llevar Roma a la provincia de Africa! ¡Nuestra lengua, nuestras costumbres, nuestros dioses, nuestro modelo de vida! A través de esos valientes y animosos expatriados, los pueblos de la provincia africana nos comprenderán mejor; porque esos valientes y animosos expatriados son gente del común; ni más rica, ni más inteligente, ni más privilegiada que la mayoría de los indígenas, y estarán en contacto diario con la población; algunos se casarán con mujeres indígenas, confraternizarán unos con otros y, en definitiva, habrá menos guerra y más paz.











domingo, 30 de julio de 2017

IMPERIUM, TRIBUNOS DE LA PLEBE, PATRICIOS Y PLEBEYOS


A primera vista, el tribuno de la plebe era un cargo menor en la jerarquía senatorial. Los tribunos de la plebe no tenían imperium, palabra sin equivalente en el mundo no romano. Pero ¿qué demonios era el Imperium?, ese poder que se consideraba de emanación divina solo aplicable entre los romanos.  Pues bien, eso de ímperíum equivalía al grado de autoridad que posee un dios en la tierra. Con aquello, un solo pretor podía obligar a un gran rey a que le acompañase. Los gobernadores provinciales tenían imperium, los cónsules tenían ímperíum, los pretores tenían imperium, curules y ediles tenían imperium, pero todos ellos poseían una clase distinta de imperium. La única evidencia tangible de imperium era el lictor. Los lictores eran ayudantes profesionales que iban delante del que ostentaba el imperium abriéndole paso y llevando sobre el hombro izquierdo el fasces o haz de varas sujetas con cintas rojas.

 

Los censores no tenían imperium. Ni los ediles de la plebe, ni los cuestores. Tampoco lo tenían los los tribunos de la plebe. Estos últimos eran los representantes elegidos del pueblo, ese vasto conjunto de ciudadanos romanos sin derecho a la alta distinción de ser patricios. Los patricios eran la aristocracia antigua, aquellos cuya familia había formado parte de los padres de Roma. Cuando la república romana acababa de constituirse, sólo contaban los patricios, pero conforme algunos plebeyos adquirieron dinero y poder e ingresaron en el Senado ocupando una silla curul, también quisieron ser aristócratas, y el resultado fueron los nobilis (nobles). Así, la doble aristocracia la constituían los patricios y los nobles. Para ser noble bastaba con tener un cónsul en la familia, y nada impedía que un plebeyo llegara a cónsul. De este modo quedaban satisfechos el honor y la ambición de los plebeyos.

 

Los plebeyos tenían su propia asamblea de gobierno, a la que les estaba vedada la asistencia y el voto a los patricios. Pero tan poderosos se habían hecho los plebeyos, en detrimento de los patricios, que este nuevo organismo de la Asamblea de la Plebe era quien asumía la mayor parte de la legislación. Para que velaran por sus intereses, la plebe elegía diez tribunos renovables cada año, y ésa era la peor característica del gobierno romano: que sus magistrados sólo ocupaban el cargo durante un año, con la consecuencia de que no se podía sobornar a una persona, al no saber si iba a durar lo bastante para servir los intereses de uno. Así, cada año había que sobornar a un hombre distinto, y generalmente había que sobornar a varios.

 

No, un tribuno de la plebe no tenía imperium ni era un magistrado mayor; en apariencia, no contaba gran cosa, pero tenía el enorme poder de vetar cualquier ley recién votada o aprobada. No obstante, habían logrado convertirse en los magistrados más importantes del común y disponían de auténtico poder, ya que eran los únicos con derecho a veto, un mecanismo político para que manteniera la división de poderes y no llegara a ser absoluto para nadie. Y era un veto que obligaba a todos; sólo el dictador quedaba exento de él.. Un tribuno de la plebe podía vetar a un censor, a un cónsul, a un pretor, al Senado, a sus nueve colegas tribunos de la plebe, vetar las reuniones, las asambleas, las elecciones, prácticamente cualquier cosa, y el esto residía el enorme poder del aparentemente tribuno de la plebe que no disponía de Imperium alguno con el resto de los magistrados. Además, su persona era sacrosanta; es decir, no se le podía impedir físicamente que ejecutara sus funciones. Y, además, hacía las leyes.

 

El Senado no podía legislar, sino únicamente recomendar la adopción de una ley. Es indudable que todo esto tendía a establecer un sistema equilibrado de controles para impedir la posible hegemonía política de un organismo o un individuo. Si los romanos hubieran sido una raza superior de animales políticos, el sistema habría dado resultado; pero como no lo eran, casi no funcionaba. De entre todos los pueblos en la historia universal, los romanos eran los más ingeniosos para encontrar subterfugios legales a la ley, y por eso desarrollaron lo que conocemos como "Derecho Romano".



domingo, 31 de julio de 2016

OPINIÓN DE CICERÓN SOBRE EL TRIBUNADO DE LA PLEBE


 

Distingues muy claramente los defectos del tribunado, Quinto, pero es injusto que en un proceso de acusación se haga la enumeración de los males y antología de los defectos, pasando por alto, en cambio, sus cosas buenas... Yo estoy de acuerdo en que es verdad que hay algo malo en la potestad tribunicia en si misma, pero sin ese mal no tendríamos el bien que se ha querido obtener con ella.


"La potestad de los tribunos de la plebe es excesiva,” .Y quien lo niega?. !Pero la violencia del pueblo es mucho mas cruel e irreflexiva!. Cuando tiene un líder es mas moderado en ocasiones que si no tuviera ninguno. En efecto, un líder piensa que avanza a costa de su propio riesgo; el ímpetu popular, en cambio, no tiene conciencia de su propio riesgo... Pues ¿hay algún colegio tan desesperado para que ninguno de sus diez miembros tenga la mente sana?


Pero si fue un tribuno no solo relegado, sino incluso desposeído de su potestad, quien provoco la caída del propio Tiberio Graco, Pues ¿que otra cosa lo hizo caer sino el haber despojado de la potestad al colega que le oponía el veto? Pero tu observa la sagacidad de nuestros mayores en este asunto: una vez que los senadores concedieron esa potestad a la plebe, las armas cayeron a tierra, la revolución se extinguió y se encontró la formula de compromiso, gracias a la cual los mas humildes creyeron que se equiparaban a los nobles; y en esto solo se baso la salvación de la ciudad.



(Cicerón en  "Sobre las leyes")


miércoles, 10 de junio de 2015

DISCURSO DEL TRIBUNO DE LA PLEBE CAYO ESCRIBONIO CURIÓN EN EL SENADO




Seré breve  porque estoy tan cansado como vosotros de esta prórroga infructuosa e idiota. Mientras yo ocupe este cargo continuaré ejerciendo mi veto cada vez que este cuerpo proponga que Cayo Julio César haga ciertas cosas sin que esas mismas cosas las haga también Cneo Pompeyo Magno. Por ello voy a someter una moción formal a votación en esta Cámara, e insistiré en que la Cámara se pronuncie sobre ella. Si Cayo Marcelo intenta bloquearme, actuaré con él del modo tradicional en que actúa un tribuno de la plebe cuando se le obstruye en el ejercicio de sus deberes: haré que lo tiren desde la roca Tarpeya. ¡Y lo digo muy en serio! ¡Si tengo que llamar a la mitad de la plebe, que está reunida ahí fuera, en el peristilo, padres conscriptos, para que me ayude, tened la seguridad de que lo haré! Así que estás advertido, cónsul junior. Quiero que se produzca una votación de la Cámara acerca de mi moción.


domingo, 10 de mayo de 2015

-ALEA JACTA EST-





"¡Soldados! ¡Pompeyo y el Senado Romano han declarado formalmente que Cayo Julio César es un enemigo de Roma! ¡Han declarado que soy un criminal! ¡Han declarado de hecho que todos vosotros sois unos criminales! ¡El Tribuno no pudo ejercer su derecho al veto! ¡El Tribuno del Pueblo, Marco Antonio, y 50 hombres de la 13ª fueron asaltados por 1000 hombres de la escoria de Pompeyo! ¡Un Tribuno de la Plebe asaltado en la escalinata del propio Senado! ¿¡Podéis imaginar un sacrilegio peor!? ¡Nuestra querida República está en manos de unos dementes!, es un día triste, y yo estoy en una encrucijada de caminos: puedo obedecer la ley y rendir mis armas al Senado y ver como la República cae en la tiranía y el caos, ¡o puedo optar por volver con la espada en la mano y echar a esos maníacos hasta la Roca Tarpeya!" ¡¡¡ ALEA JACTA EST!!!.....











viernes, 30 de enero de 2015

CAYO JULIO CÉSAR DICE A MARCO LICINIO CRASO SOBRE LOS TRIBUNOS DE LA PLEBE




Tú sabes muy bien, Marco, que las personas adecuadas nunca son elegidas tribunos de la plebe .El nuevo colegio es la acostumbrada mezcla de buenos, malos, indiferentes, siniestros e intrigantes. Pero creo que serán más activos que el grupo de este año, así que el Foro estará muy ajetreado alrededor de año nuevo.



martes, 30 de diciembre de 2014

UN CASO DE ELECCIONES A TRIBUNO DE LA PLEBE: LA CANDIDATURA DE MARCO LIVIO DRUSO



Druso no anunció su candidatura a tribuno de la plebe hasta la mañana del día de las elecciones, lo que, generalmente, habría sido una estratagema temeraria, pero en este caso resultó una excelente idea, pues le ahorró tener que contestar a preguntas comprometidas durante el plazo preelectoral y, por otra parte, pareció como si al ver la poca entidad de los otros candidatos hubiese alzado los brazos escandalizado y se hubiera decidido a presentarse para mejorar el equipo. Los mejores nombres del resto de la candidatura eran Sestio, Saufeio y Minicio, ninguno de ellos noble, y menos aún de valía. Druso anunció su candidatura después que lo hubiesen hecho otros veintidós.

 

Fueron unas elecciones tranquilas, poco concurridas. Se presentaron unos dos mil electores, porcentaje muy reducido; y como en la zona de los Comitia cabían con holgura el doble, no hubo necesidad de hacerlas en un recinto mayor, como el circo Flaminio. Una vez declarados los candidatos, el presidente del colegio saliente de tribunos de la plebe inició el procedimiento de votación instando a los electores a agruparse en tribus; el cónsul Marco Perperna, un plebeyo, no quitaba ojo de todo, como encargado del escrutinio, y como la asistencia fue baja, los esclavos públicos que sostenían las sogas que separaban a las tribus no tuvieron que enviar a recintos acotados con cuerdas fuera de la zona a las tribus más numerosas.

 

Como se trataba de una elección, las treinta y cinco tribus emitieron el voto a la vez en lugar de hacerlo sucesivamente una tras otra, como en el caso de aprobar una ley o dar el veredicto de un juicio. Las cestas en que se depositaban las tablillas de cera inscritas con el voto estaban en un estrado debajo del muro de los rostra, al que sólo tenían acceso los tribunos de la plebe salientes, los candidatos y el cónsul encargado del escrutinio.


El estrado de madera instalado al efecto seguía la curva de la grada inferior de la zona de votaciones, tapándola. Treinta y cinco angostos pasadizos en cuesta iban desde la parte inferior hasta las cestas, a una altura de unos seis pies, y las sogas que separaban a las tribus se extendían a modo de porciones de tarta hasta el lado opuesto a los rostra. Los electores llegaban a la rampa, recibían su tablilla de cera de los custodes, se detenían a inscribir su elección con el stylus, ascendían por el puente de tablas y la depositaban en la cesta de su tribu correspondiente. Una vez cumplido el deber electoral, salían andando por la grada superior y del recinto por ambos lados del muro de los rostra. Los que se habían tomado la molestia o se habían sentido con ánimo de revestir la toga, no se marchaban hasta después del recuento, por lo que, después de votar, se quedaban rezagados en el bajo Foro charlando, comiendo un tentempié y observando cómo iba la votación.

 

Durante todo este largo proceso, los tribunos de la plebe salientes permanecían detrás de la tribuna de los rostra, los candidatos, delante, y el presidente del colegio saliente con el cónsul encargado del escrutinio, sentados en un banco, enfrente, para ver todo lo que sucedía en el recinto inferior.


Algunas tribus, en particular las cuatro urbanas, contaban aquel día con varios centenares de electores, mientras que otras tenían muchos menos, incluso sólo un par de docenas en el caso de tribus rurales distantes. Sin embargo, sólo contaba un voto por cada tribu: el de la mayoría de sus miembros, lo que a las tribus rurales distantes les confería una ventaja desproporcionada.

 

Puesto que las cestas sólo tenían capacidad para aproximadamente cien tablillas, las retiraban a medida que se llenaban para poner otras en su lugar; el recuento lo fiscalizaba constantemente desde su posición central el cónsul encargado del escrutinio, que efectuaban, en una gran mesa en la grada superior, a sus pies, treinta y cinco custodes con sus ayudantes.


Una vez concluido, unas dos horas antes de ponerse el sol, el cónsul encargado leía los resultados ante los que habían aguardado hasta el final y los que habían vuelto a congregarse en el recinto, ya sin cuerdas, y autorizaba también la publicación de los resultados en una hoja de pergamino que se exponía en el muro de atrás de los rostra con vista al Foro, para que en días sucesivos pudieran leerlos los que por allí pasaban.

 

Marco Livio Druso fue el nuevo presidente del Colegio, después de efectuar el escrutinio de la mayoría de las tribus; de hecho, las treinta y cinco tribus le habían votado, fenómeno extraordinario. Los Minicios, Sestius y Saufeios también fueron votados, y otros seis con nombres tan poco conocidos y sugerentes que casi nadie los recordó, ni dieron motivo para ello durante el año que permanecieron en el cargo, que se inició el décimo día de diciembre, unos treinta días a partir de la votación. Naturalmente, a Druso le encantó no tener adversarios de talla.


El colegio de los tribunos de la plebe tenía su sede en la basílica Porcia, en la planta baja y en el extremo próximo al Senado; era un espacio abierto con mesas y sillas plegables sin respaldo y con el molesto estorbo de varias gruesas columnas. Como la basílica Porcia era la más antigua de Roma, su construcción era muy rara. Allí, los días en que no se podía hacer la reunión en la zona de votaciones o no había convocatoria, se sentaban los tribunos de la plebe para escuchar a los que les planteaban problemas, quejas y sugerencias.


Druso estaba deseando iniciar su nueva tarea y pronunciar el discurso inaugural en el Senado. La oposición de los magistrados mayores era de esperar, ya que Filipo había vuelto a ser segundo cónsul con Sexto Julio César, el primer Julio que se sentaba en la silla consular en cuatrocientos años; Cepio volvía a ser pretor, aunque uno entre ocho en lugar de los seis habituales, pues había años en que el Senado consideraba que seis eran insuficientes y recomendaba elegir ocho. Y éste era uno de esos años.

 

La intención de Druso era comenzar a legislar antes que ninguno de sus colegas tribunos, pero cuando el colegio asumió sus funciones el diez de diciembre, al patán de Minicio, nada más terminar la ceremonia, le faltó tiempo para anunciar con voz chillona que convocaba el primer contio para hablar de una nueva ley muy necesaria. En el pasado, dijo Minicio, a los hijos de un matrimonio entre dos cónyuges uno de los cuales no era ciudadano romano, se les asignaba la condición del padre. ¡Eso era muy fácil! ¡Demasiados romanos híbridos!, gritó Minicio. Y para cerrar aquella brecha inadmisible en la ciudadela romana, anunció la promulgación de una nueva ley que impidiera otorgar la ciudadanía romana a todos los hijos de matrimonios mixtos, aunque el padre fuese romano.


La lex Minicia de liberis fue una desagradable sorpresa para Druso, pues fue aprobada en los Comitia entre aclamaciones, demostrando que la mayoría de los electores de las tribus seguían pensando que la ciudadanía romana no debía otorgarse a los individuos considerados inferiores; es decir: al resto de la humanidad.

 

Cepio, por supuesto, apoyó la medida, aunque se empeñó en que no se inscribiese en las tablillas; acababa de hacerse amigo de otro senador, un cliente de Ahenobarbo, pontífice máximo, a quien (mientras era censor) había incluido en los rollos senatoriales. Riquísimo, fundamentalmente a expensas de sus compatriotas de Hispania, el nombre del nuevo amigo de Cepio era imponente: Quinto Vario Severo Hybrida Sucronensis. Aunque no era de extrañar que prefiriese que le llamaran Quinto Vario; lo de Severo se lo había ganado por su crueldad más que por una gravedad de la que carecía, el Hybrida era prueba de padre o madre sin ciudadanía, y el Sucronensis indicaba que había nacido y se había criado en la ciudad de Sucro de la Hispania Citerior. Apenas romano, más extranjero que los itálicos, Quinto Vario estaba decidido a convertirse en uno de los hombres más grandes de Roma, y no se andaba con remilgos respecto a cómo conseguirlo.


( C. McC. )
















jueves, 20 de noviembre de 2014

LA SACROSANTA PERSONA DEL TRIBUNO DE LA PLEBE Y EL IMPERIUM


( En las fotos, Marco Antonio cuando era tribuno de la plebe, al servicio de los intereses de Cayo Julio César, procónsul de la Galia Comata, y cuyo derecho de veto fue violado, aparte de agredido por parte de los senadores del bando de los boni o optimates representados especialmente por Marco Porcio Catón)

 

A primera vista, el tribuno de la plebe era un cargo menor en la jerarquía senatorial. Los tribunos de la plebe no tenían imperium. ¡Imperium! Pues bien, eso de ímperíum para la mentalidad de un no romano equivalía al grado de autoridad que posee un dios en la tierra. Con aquello, un solo pretor podía obligar a un gran rey a que le acompañase. Los gobernadores provinciales tenían imperium, los cónsules tenían ímperíum, los pretores tenían imperium, curules y ediles tenían imperium, pero todos ellos poseían una clase distinta de imperium. La única evidencia tangible de imperium era el lictor. Los lictores eran ayudantes profesionales que iban delante del que ostentaba el imperium abriéndole paso y llevando sobre el hombro izquierdo el fasces o haz de varas sujetas con cintas rojas.

 

Los censores no tenían imperium. Ni los ediles de la plebe, ni los cuestores. Tampoco lo tenían los tribunos de la plebe. Estos últimos eran los representantes elegidos del pueblo, ese vasto conjunto de ciudadanos romanos sin derecho a la alta distinción de ser patricios. Los patricios eran la aristocracia antigua, aquellos cuya familia había formado parte de los padres de Roma. Cuando la república acababa de constituirse, sólo contaban los patricios, pero con el paso de los siglos, conforme algunos plebeyos adquirieron dinero y poder e ingresaron en el Senado ocupando una silla curul, también quisieron ser aristócratas, y el resultado fueron los nobilis. Así, la doble aristocracia la constituían los patricios y los nobles. Para ser noble bastaba con tener un cónsul en la familia, y nada impedía que un plebeyo llegara a cónsul. De este modo quedaban satisfechos el honor y la ambición de los plebeyos.

 

Los plebeyos tenían su propia asamblea de gobierno, a la que les estaba vedada la asistencia y el voto a los patricios. Pero tan poderosos se habían hecho los plebeyos, en detrimento de los patricios, que este nuevo organismo de la Asamblea de la Plebe era quien asumía la mayor parte de la legislación. Para que velaran por sus intereses, la plebe elegía diez tribunos renovables cada año, y ésa era la peor característica del gobierno romano: que sus magistrados sólo ocupaban el cargo durante un año, con la consecuencia de que no se podía sobornar a una persona, al no saber si iba a durar lo bastante para servir los intereses de uno, como les interesaba a algunos ricos y poderosos reyes extranjeros. Así, cada año había que sobornar a un hombre distinto, y generalmente había que sobornar a varios, y aún así resultaba carísimo y complicado.

 

No, un tribuno de la plebe no tenía imperium ni era un magistrado mayor; en apariencia, no contaba gran cosa. No obstante, habían logrado convertirse en los magistrados más importantes del común y disponían de auténtico poder, ya que eran los únicos con derecho a veto. Y era un veto que obligaba a todos; sólo el dictador quedaba exento de él. Un tribuno de la plebe podía vetar a un censor, a un cónsul, a un pretor, al Senado, a sus nueve colegas tribunos de la plebe, vetar las reuniones, las asambleas, las elecciones, prácticamente cualquier cosa. Además, su persona era sacrosanta; es decir, no se le podía impedir fisicamente que ejecutara sus funciones. Y, además, hacía las leyes. El Senado no podía legislar, sino únicamente recomendar la adopción de una ley.

 


Es indudable que todo esto tendía a establecer un sistema equilibrado de controles para impedir la posible hegemonía política de un organismo o un individuo. Si los romanos hubieran sido una raza superior de animales políticos, el sistema habría dado resultado; pero como no lo eran, casi no funcionaba. De entre todos los pueblos en la historia universal, los romanos eran los más ingeniosos para encontrar subterfugios legales a la ley.



jueves, 18 de septiembre de 2014

EL SENADO Y EL PUEBLO SANTIFICAN A OCTAVIO AUGUSTO




El Senado hizo incluir mi nombre en el cántico de los Sacerdotes Salios y una ley prescribió que poseería, a perpetuidad y de por vida, carácter inviolable para mi persona y la potestad de los Tribunos de la plebe. Cuando el pueblo me ofreció el Pontificado Máximo, que mi Padre había ejercido, lo rehusé, para no ser elegido en lugar del Pontífice que aún vivía No acepté ese sacerdocio sino años después, tras la muerte de quien lo ocupara con ocasión de las discordias civiles; y hubo tal concurrencia de multitud de toda Italia a los comicios que me eligieron, durante el consulado de Publio Sulpicio y Cayo Valgio [12 a.C.], como no se había visto semejante en Roma.



( Octavio Augusto )



BUSTO DE OCTAVIO AUGUSTO, CON LA CORONA DE LAUREL