¡Senadores!.
En las calendas de noviembre estuvimos a punto de perder Roma. De no
haber sido por el valor y celeridad de Lucio Cornelio Sila, sus legados y su
ejército, Roma estaría en manos del Samnio, y habríamos pasado bajo el yugo
como hicimos en las horcas Caudinas. Bien, no necesito decir nada más. El
Samnio ha sido derrotado, Lucio Cornelio ha vencido y Roma no corre peligro.
No
obstante, aunque la guerra haya concluido, Roma tiene muchos problemas que la perturban.
El Tesoro está vacío, igual que las arcas de los templos; han disminuido los
negocios, han mermado los senadores, han muerto los cónsules y sólo queda un
pretor de los seis que había a principios del año . De hecho, padres
conscriptos, Roma ha cruzado la raya hasta la cual es posible la gobernación
normal. Roma debe ser guiada por la mano más capaz. La única mano capaz de
poner a nuestra querida Roma en pie. Mi cargo de interrex cumple a los cinco
días; me sucederá otro interrex durante otros cinco días, y en ese plazo se
convocarán elecciones, pero si no pudiera hacerlo, un tercer interrex tendrá
que intentarlo. Y así sucesivamente. Pero esta gobernación incompleta no
arreglará las cosas, padres conscriptos. Vivimos una situación de profunda
crisis, y yo sólo veo aquí un hombre capaz de hacer lo que se debe, que es
Lucio Cornelio Sila. Pero lo que hay que hacer no puede hacerlo como cónsul.
Por consiguiente, propongo una solución diferente para someterla a votación del
pueblo en sus centurias, por ser el cuerpo elector más tradicional. Pido al
pueblo que apruebe en sus centurias una lex rogata nombrando y dando poderes a
Lucio Cornelio Sila como dictador de Roma.
El
cargo de dictador es antiguo , y normalmente se limita a la dirección de una guerra.
En tiempos pasados fue tarea del dictador proseguir la guerra cuando los
cónsules no podían hacerlo, y hace más de cien años que no se ha dado poder a
un dictador. Pero la actual situación de Roma es algo sin precedentes. La
guerra ha concluido, y yo os digo, padres conscriptos, que la crisis consiste
en que no hay cónsules electos que puedan hacer resurgir a Roma. Los remedios
necesarios no serán muy agradables y causarán resentimiento. Al final del año
al frente del cargo, a un cónsul se le puede exigir que responda
ante el pueblo o la plebe de sus actos, y se le puede acusar de traición. Y si
todo se ha vuelto en contra suya, hasta desterrarle y confiscarle las
propiedades. Sabiéndose de antemano vulnerable a tal riesgo, no hay hombre que
pueda desarrollar la decisión y la fuerza que Roma requiere en estos momentos. Mientras
que un dictador no teme un castigo del pueblo, pues la naturaleza de su cargo
le hace inmune a cualquier represalia. Sus actos como dictador se sancionan
para siempre, y no se le puede aplicar la ley. Alentado por saberse inmune y
exento del veto por parte de algún tribuno de la plebe y de la condena de cualquier
asamblea, el dictador puede servirse totalmente de sus poderes y propósitos
para enderezar las cosas. Para poner en pie a nuestra querida Roma.
Ya sé
que al dictador lo propone el Senado, y que también deben nombrarlo los
cónsules. Pero tras esa lamentable guerra civil que hemos padecido, legalmente
cónsules no tenemos, y los fasces se han enviado al templo de Venus Libitina,
pero ahora os explico cómo puede hacerse: mediante una lex rogata aprobada por
las centurias. Cuando no hay cónsules para aplicar la ley, los sustituye el pueblo
reunido en centurias. En realidad, el único poder ejecutivo, el interrex, debe
delegar en ellos la ejecución de su única función, que es organizar y celebrar
las elecciones curules. El pueblo en centurias no hace la ley, sino las
centurias.
Por
tanto, tengo la intención de convocar la asamblea centuriada mañana al
amanecer. Les pediré que den una ley nombrando dictador a Lucio Cornelio Sila.
Realmente, es una ley que no requiere gran complicación; cuanto más sencilla
mejor. Una vez que el dictador esté nombrado legalmente por las centurias, las
demás leyes las dictará él. Lo que pediré a las centurias es que nombren y den
poderes a Lucio Cornelio Sila como dictador para todo el tiempo que su cargo lo
requiera, que sancionen sus anteriores actos de cónsul y procónsul, que
deroguen en su persona todo castigo oficial en forma de degradación y
destierro, que garanticen la inmunidad en todos sus actos como dictador para
siempre, que protejan sus actos como dictador del veto tribunicio y del rechazo
o anulación por parte de la asamblea, del Senado y del pueblo en cualquier
forma que fuere o por medio de cualquier tipo de magistrado, y del recurso ante
cualquier clase de asamblea o cuerpo de magistrados.
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