Los castigos leves deben considerarse inevitables y
los colectivos, desafortunados. Hay que saber que generalmente ningún legionario incurre en faltas graves o incumple seriamente con su deber mas de
una vez, porque es ejecutado la primera vez que lo hace.
CASTIGOS LEVES (EN GENERAL, ERAN INEVITABLES)
CASTIGATIO.- Es posible que este castigo no pase de un
zurriagazo con el vitis, un bastón de madera de vid que los centuriones llevan
con ese propósito, pero también que suponga una paliza en toda regla, aplicada
con el mismo bastón. Uno de los centuriones destacados en el Rin en el 14 d. C.,
era conocido con el apodo de "Dame-otro", porque solía partir mas de un
bastón cuando aplicaba este castigo.)
PECUNIARIA MULTO.- Es una confiscación parcial de la
paga, especialmente por perder parte del equipo (no importa como) o por enfrascarse
en peleas con la población local, empleándose la deducción de la paga en
reparar los daños.
MUNERUM INDICTIO.- Supone recibir trabajos extra,
normalmente en los establos o en las letrinas. Es corriente que el legionario
transforme el castigo en pecunaria multo sobornando al centurión
correspondiente, y a menudo se sospecha que los centuriones aplican el castigo
precisamente con vistas a recibir dichos sobornos. Algunas veces estas tareas
han de ser realizadas en condiciones humillantes. Es especialmente popular
mandar a un legionario a hacer guardia sin cinturón, lo que hace que su túnica
se asemeje a un vestido de mujer.
Los castigos expuestos mas arriba sirven para castigar
pequeñas faltas cotidianas. Las faltas mas graves o las negligencias en el
cumplimiento del deber llevan a las autoridades a ponerse bastante mas serias.
FALTAS GRAVES:
MILITIAE MUTATIO.- Supone una perdida de graduación o
de los privilegios obtenidos por la antigüedad en el servicio, y dado que estos
últimos solo se consiguen tras pasar por largas y dolorosas experiencias, dicha
perdida resulta muy amarga. La gradus deiectio acarrea la misma pena, con el
añadido del traslado a una unidad inferior.
ANIMADVERSIO FUSTIUM.- Una tanda de latigazos. No se
trata de unos cuantos porrazos aplicados por el centurión, sino de una
flagelación en toda regla frente al resto de la unidad. Este castigo se aplica
como pena por la comisión de negligencias graves, como quedarse dormido cuanto
se esta de guardia en el campamento. (No es infrecuente recostarse a dormitar
en el escudo apoyado sobre un pilum, pero si el soldado se queda dormido tan
profundamente que acabe por derribar el improvisado tripode lo mas probable es
que el estrépito que esto produce acabe por delatarlo.)
FUSTUATIUM.- Al soldado que sea sorprendido mientras
duerme durante una guardia en el campamento le espera un doloroso futuro. Aquel
que sea sorprendido dormido durante una guardia en campaña no tiene futuro alguno.
La pena es ser golpeado hasta morir. La sentencia se ejecuta tras un juicio
celebrado ante los oficiales de mayor graduación del campamento, que
como mínimo han de ser tribunos militares. Una vez que se haya dictado
sentencia, el tribuno toca ligeramente al reo con su bastón y se retira. A
partir de ese momento son los propios compañeros del soldado quienes pueden
elegir entre patear, azotar o apedrear al reo hasta la muerte. A menudo, y a
causa del peligro que suponen los ataques nocturnos al campamento, estos lo
hacen con gran entusiasmo, pero si el soldado es especialmente popular solo le
pegan una paliza que lo deja lisiado de por vida.
CASTIGOS COLECTIVOS (POR ORDEN DE SEVERIDAD):
FRUMENTUM MUTATUM.- El frumentum es la ración diaria
de alimento. Una unidad caída en desgracia pierde el derecho a comer carne, y
en vez de trigo recibe centeno. Esto supone una notable perdida de estatus,
porque habitualmente el centeno se emplea como forraje para los animales. En
ocasiones, el oficial al mando pone la guinda confiscando al mismo tiempo la
paga de los miembros de la unidad.
EXTRA MUROS.- Con esta pena se sentencia a la unidad a
colocar sus tiendas fuera de los muros del campamento. Incluso cuando se esta
en terreno amigo y el clima es benigno, los legionarios sufren al verse excluidos
de la única comunidad que conocen. Normalmente, estos castigos colectivos se acompañan
de otros de naturaleza individual. Una unidad diezmada suele además verse
expulsada al exterior del campamento, debiendo permanecer ahí hasta que vuelva
a ganarse el favor del resto con actos de heroísmo suicida ante el enemigo.
MISSO IGNOMINOSA.- Esto ocurre cuando el emperador
simplemente decide que una unidad es demasiado patética como para formar parte
del ejercito romano. Sus miembros - a veces una legión entera- son despedidos
para que se vayan a su casa y se pasen el resto de su vida cubiertos de escarnio.
También pierden sus pensiones. La misso ignominosa también puede aplicarse a
soldados concretos.
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