lunes, 16 de abril de 2018

EL PATERFAMILIAS



 En Roma no existe la mayoría de edad. La patria potestad sólo se extingue con la muerte. Supongamos que un individuo ha cumplido ya los sesenta años y que ha hecho una brillante carrera política que lo ha llevado a escalar las más alta magistraturas del país, y que, además, se ha enriquecido considerablemente. Pues bien, si su « paterfamilias» vive, a efectos legales continúa siendo un menor de edad sometido a su autoridad y tutela. Teóricamente, tiene que solicitarle permiso hasta para adquirir un celemín de trigo. Solamente la oportuna muerte del padre lo promocionará a ciudadano de pleno derecho, autónomo, y le otorgará capacidad jurídica propia convirtiéndolo, a su vez, en « paterfamilias» . Esto no significa que todos los miembros de la familia tuviesen que convivir necesariamente bajo el mismo techo. Al llegar a cierta edad, era costumbre que os hijos varones alquilasen, siempre con permiso del padre, una habitación o una casa en otra parte de la ciudad para vivir en relativa independencia o incluso, si el « paterfamilias» lo consiente, se casan y forman su propia familia. El dinero que ganen lo administrará el padre pero ellos podrán sobrevivir con la asignación (« peculium» ) que éste graciosamente les conceda.







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