domingo, 24 de mayo de 2015

DISCURSO DEL CÓNSUL CAYO JULIO CÉSAR EN EL SENADO PRESENTANDO LA LEY JULIA CÉSAR AGRARIA





Senadores, príncipe del Senado..., permitirme presentarles mi proyecto de ley agraria.




Mis escribas han preparado trescientas copias del proyecto de ley; el tiempo ha impedido que se hicieran más . No obstante, hay suficientes para que cada dos senadores compartan una copia, y hay otras cincuenta copias a disposición del pueblo. Instalaré una barraca a la puerta de la basílica Emilia con un secretario legal y un ayudante a fin de que estén de servicio para que aquellos miembros del pueblo que deseen leer el proyecto con detenimiento o quieran exponer sus dudas puedan hacerlo. Junto con cada copia va un resumen de referencias útiles a las cláusulas o capítulos pertinentes, por si algunos de los lectores o de los que tengan preguntas que hacer tienen más interés por algunas disposiciones que por otras.



Sinceramente, espero que todos lo lean . Quiero críticas, quiero sugerencias útiles, quiero saber qué está mal en el proyecto. Puede que la brevedad sea el meollo del ingenio, pero la brevedad en las leyes que requieren longitud significa que son leyes malas. Toda contingencia debe ser examinada, explorada y explicada. La legislación irrecusable es la legislación larga. Veréis pocos proyectos de ley bonitos y breves que procedan de mí, padres conscriptos. Pero cada uno de los proyectos de ley que pienso presentaros habrá sido redactado personalmente según una fórmula diseñada para cubrir todas las posibilidades previsibles. Italia es Roma, no cometamos ningún error a ese respecto. Las tierras públicas de las ciudades, de los pueblos, de los municipios y de las comarcas de Italia pertenecen a Roma, y gracias a las guerras y a las migraciones hay muchos distritos de arriba abajo de esta península que se han despoblado tanto y están tan infrautilizados como cualquier parte de la moderna Grecia. Mientras que Roma se ha convertido ahora en una ciudad superpoblada. El subsidio del grano es una carga mayor de la que el Tesoro debería afrontar, y al decir esto no estoy criticando la ley de Marco Porcio Catón. En mi opinión, la suya fue una medida excelente. Sin ella habríamos visto disturbios y malestar general. Pero el hecho es que en lugar de subvencionar el subsidio del grano que crece de día en día, deberíamos estar aliviando la superpoblación dentro de la ciudad de Roma, ofreciendo para ello a los pobres de Roma algo más que la oportunidad de alistarse en el ejército.



Tenemos además unos cincuenta mil soldados veteranos que vagan arriba y abajo por todo el país, ¡incluida esta ciudad!, sin los medios para establecerse, al llegar a la mediana edad, y convertirse en pacíficos y productivos ciudadanos capaces de procrear legítimamente y proporcionarle a Roma los soldados del futuro, en lugar de engendrar mocosos sin padres que van por ahí colgados de, las faldas de mujeres indigentes. Si nuestras conquistas nos han enseñado algo, es, desde luego, que somos los romanos quienes mejor luchamos, quienes damos las victorias a nuestros generales; quienes sabemos mirar con ecuanimidad la perspectiva de un asedio de diez años de duración, quienes sabemos levantarnos después de sufrir pérdidas y sabemos empezar a luchar otra vez desde el principio.



Lo que yo propongo es una ley que distribuya hasta el último iugerum de tierra pública de esta península, salvo las doscientas millas cuadradas del Ager Campanus y las cincuenta millas cuadradas de tierra pública adyacentes a la ciudad de Capua, que son el principal campo de entrenamiento de nuestras legiones. Ello incluye, pues, las tierras públicas adyacentes a lugares como Volaterra y Aretio. Cuando yo vaya a poner mojones a lo largo de las rutas del ganado trashumante de Italia, quiero saber que éstas son el único terreno público que quede en la península, aparte de Campania. ¿Y por qué no incluir también las tierras de Campania? Sencillamente porque llevan mucho tiempo en arrendamiento, y resultaría repugnante para aquellos que las tienen arrendadas tener que pasar ahora sin ellas. Eso, naturalmente, incluye al maltratado caballero Publio Servilio, el cual espero que ya haya vuelto a plantar sus viñas y les haya aplicado tanto estiércol como esas delicadas plantas sean capaces de tolerar.



Sin desposeer a ninguna persona que en el presente ocupe nuestro ager publicus bajo las condiciones que establecía una lex agraria anterior, he calculado que las tierras públicas disponibles proporcionarán parcelas de diez iugera cada una para quizás treinta mil ciudadanos que cumplan los requisitos que les dan derecho a ello. Lo cual nos deja con la tarea de encontrar tierras suficientes que en la actualidad sean de propiedad privada para otros cincuenta mil beneficiarios. Estoy contando con que puedan establecerse cincuenta mil soldados veteranos más treinta mil pobres urbanos de Roma. Sin incluir a cuantos veteranos puedan encontrarse dentro de la ciudad de Roma, treinta mil habitantes urbanos pobres trasladados a productivas parcelas en áreas rurales supondrán un alivio para el Tesoro de setecientos veinte talentos al año en dinero de subsidios para el grano. Si añadimos veintitantos mil veteranos que están en la ciudad, el ahorro se aproxima a la carga adicional que la ley de Marco Porcio Catón echó sobre los fondos públicos.



Pero incluso contando con la adquisición de tantas tierras como son ahora propiedad privada, el Tesoro puede proporcionar la ayuda financiera necesaria a causa de los ingresos, enormemente aumentados, que recibe ahora procedentes de las provincias orientales... aunque, por ejemplo, los contratos de recaudación de impuestos fueran reducidos, digamos, en una tercera parte. Yo no espero que los veinte mil talentos de beneficio neto que Cneo Pompeyo Magnus añadió al Tesoro alcancen para comprar tierras a causa de la relajación de las tarifas y aranceles impuesta por Quinto Metelo Nepote, un gesto munificente que ha privado a Roma de unos ingresos que necesita desesperadamente.



Cuando examinéis mi lex agraria, encontraréis que no es arrogante. No puede ejercerse presión de ningún tipo sobre los actuales propietarios de las tierras para que se las vendan al Estado, ni hay implícita una reducción de los precios de la tierra. Las tierras que compre el Senado deben pagarse según el valor que establezcan nuestros estimados censores Cayo Escribonio Curión y Cayo Casio Longino. Las escrituras de propiedad existentes deberán aceptarse como completamente legales, sin ningún recurso ante la ley que las desafíe. En otras palabras, si un hombre ha cambiado sus lindes y nadie se ha querellado por dicha acción, entonces esas piedras de linde son las que definen la extensión de su propiedad puesta en venta.



Ninguno de los que reciban una concesión de terreno podrá venderla o abandonarla en un período de veinte años.



Y por último, padres conscriptos, la ley propone que la adquisición y asignación de los terrenos resida en una comisión de veinte caballeros seniors y senadores. Si esta Cámara me concede un consultum para llevarlo al pueblo, entonces esta Cámara tendrá el privilegio de elegir a esos veinte caballeros y senadores. Si no me concede un consultum, entonces ese privilegio será para el pueblo. También habrá un comité de cinco consulares encargados de supervisar el trabajo de los comisionados. Yo, no obstante, no tomo parte en nada de ello. Ni en la comisión ni en el comité. No debe existir ninguna sospecha de que Cayo Julio César se propone enriquecerse o convertirse en el patrono de aquellos a quienes la lex Julia agraria conceda parcelas. Basta por hoy, honorables miembros de esta Cámara. Os doy doce días para leer el proyecto de ley y prepararos para el debate, lo cual significa que la próxima sesión para tratar de la lex Iulia agraria tendrá lugar dieciséis días antes de las calendas de febrero. La Cámara, no obstante, se reunirá de nuevo dentro de cinco días, que es el día séptimo antes de los idus de enero. Como no me gustaría pensar que ninguno de vosotros va sobrecargado de trabajo, he dado instrucciones para que doscientas cincuenta copias de la ley se entreguen en las casas de los doscientos cincuenta miembros de este cuerpo de mayor categoría. ¡Y, por favor, no os olvidéis de los senadores de categoría inferior! Aquellos de vosotros que leáis con rapidez, pasad la copia a otro en cuanto hayáis terminado. De lo contrario, ¿puedo sugerir que los hombres de categoría inferior acudan a sus superiores para pedirles que les dejen compartir la copia?

(C. McC. )






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