sábado, 23 de marzo de 2019

DIGESTO MARCA NORMATIVAS PARA LIMITAR EL ABUSO DE LOS LEGIONARIOS SOBRE LOS CIVILES


El gobernador de una provincia debe asegurarse de que las personas de recursos limitados no sean tratadas injustamente al privarlas de su única lámpara o de un pequeño mueble para ser usados por otros con el pretexto de la llegada de oficiales o soldados. El gobernador de la provincia se asegurará de que no se autorice ninguna acción que favorezca a personas que reclamen ventajas injustas en virtud de su pertenencia al estamento militar.

(Digesto 1.18.6.5-6)


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