domingo, 27 de julio de 2014

¿ QUÉ ERA UN TRIBUNO DE LA PLEBE?




La figura de este magistrado comenzó a existir poco después de la República, cuando los plebeyos estaban en continuo desacuerdo con los patricios.


 Elegidos por la Asamblea de la Plebe, estos tribunos juraban defender la vida y propiedades de los miembros de la plebe. En el 450 a.C. su número ascendía a diez, y ejercían su cargo (del que tomaban posesión el 10 de diciembre) durante un año.


Como no eran elegidos por todo el pueblo de Roma (los patricios estaban excluidos), carecían de poder según la constitución de ésta -en gran parte no escrita-. Su poder real residía en el juramento que la plebe hacía de defender el carácter sacrosanto e inviolable de los tribunos elegidos, y en su derecho a ejercer el veto contra las medidas tomadas por otros tribunos de la plebe o cualquier magistrado, la celebración de elecciones, la aprobación de una ley o plebiscito, y los decretos del Senado, incluso sobre la guerra o asuntos extranjeros.


Sólo la figura del dictador escapaba al veto de un tribuno. Si alguien impedía el ejercicio de sus funciones, un tribuno de la plebe podía recurrir incluso a la pena de muerte.


La lex Atinia, de alrededor del año 149 a.C., estableció que el tribuno de la plebe electo pasara a ser automáticamente miembro del Senado, con lo que se abría una vía de acceso, a pesar de la posible oposición de los censores. El cargo no comportaba imperium ni tenía competencias más allá del primer mojón fuera de Roma.


Según la tradición, un hombre no debía presentarse a la reelección, pero dado que no había ley que lo impidiese, Cayo Graco fue reelegido en el 122 a.C.


Como el verdadero poder del cargo residía en el veto, las funciones de los tribunos solían ser más obstructoras que innovadoras.


 Este cargo resultaba muy atractivo para hombres con tendencias demagógicas, en tanto que para un plebeyo ambicioso podía ser un peldaño muy útil en su ascensión hacia el consulado.



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