Páginas

Páginas

viernes, 7 de octubre de 2016

ALGUNOS MANDATOS DEL CÓDIGO DE HAMMURABI, REY DE BABILONIA



- Si un hombre acude ante un tribunal para hacer un falso testimonio y luego no prueba su declaración, si se trata de un caso con pena de muerte, ese hombre será ejecutado.

- Si un hombre roba algo propiedad del dios o del palacio, será ejecutado, y el que haya aceptado de sus manos lo robado, será ejecutado también.

 

- Si un hombre le compra el ganado mayor o menor que le haya dado el rey al soldado, perderá el dinero que haya pagado.

- Si un hombre arrienda un campo para explotarlo pero luego no produce cebada en el campo, que le prueben que no lo cultiva adecuadamente, y él le dará al dueño tanta cebada como produzca su vecino.

 

- Si el mercader le anticipa dinero para la gira al agente, y éste, en el lugar a donde fue, sufre pérdidas, le devolverá al mercader solamente el capital.

- Si un hombre le entrega a otros hombres en depósito plata, oro o lo que sea, que todo lo que entrega se le enseñe a testigos, que redacte un contrato, y que luego efectúe el depósito.

 

- Si alguien toma una esposa pero no redacta un contrato relativo a ella, esta mujer no es una esposa.

- Si un hombre le golpea en la mejilla a otro hombre que es mayor que él, le darán en público sesenta azotes de vergajo de buey.

 

- Si un médico le produce una incisión profunda al esclavo de un individuo cualquiera y le provoca la muerte, restituirá esclavo por esclavo.

 

-  Si un hombre compra un esclavo o esclava, y es objeto de alguna reclamación, será el vendedor quien afronte la reclamación.

 


- Si la esposa de un hombre es sorprendida acostada con otro varón, que los aten y los tiren al agua; si el marido le perdona a su esposa la vida, el rey le perdonará también la vida a su súbdito. 



No hay comentarios:

Publicar un comentario