Disposición
que data del año 169 a.C. y cuyo contenido primordial fue el de restringir los
derechos de las mujeres para poder heredar.
Esta
ley prohibía el que se pudiera nombrar heredera principal a una mujer, ni aun
en el caso de que fuera hija única, dando prioridad entonces a los parientes
más próximos por la línea paterna.
En
algún momento indeterminado, probablemente por derogación y aprobación de una
nueva ley, la 'lex Voconia' perdió su vigencia, pues se sabe del caso de varias
mujeres que se convirtieron en ricas herederas, lo mismo que de casos de muerte
sin testar en que prevalecía la antigua ley y los hijos heredaban,
independientemente del género, o de que hubiese parientes por línea paterna.
En
tiempos del dictador Sila se ordenó por éste el establecimiento de
'quaestiones' permanentes para los litigios testamentarios, lo que resaltó la
importancia del pretor urbano y sus funciones, pues fue este magistrado quien
llegó a tener la última palabra en los asuntos hereditarios.
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