En la constitución de la Antigua Roma, la lex curiata de imperio
(plural leges curiatae) era la norma legal que confirmaba los derechos de los
altos magistrados a ejercer el poder público o imperium. En teoría fue aprobada
por la Comitia curiata, que también era la fuente de las leges curiatae relativas
a la adopción (adrogatio).
En la República tardía, los historiadores y los teóricos políticos consideraron
que la necesidad de esta ley se remontaba al período monárquico, cuando los
reyes posteriores a Rómulo tuvieron que someterse a la ratificación del
pueblo romano. Como muchos otros aspectos de la ley y la religión en la Antigua
Roma, la lex curiata se atribuyó a Numa Pompilio, el segundo rey de
Roma. Este origen parece haber sido construido después del hecho para
justificar la necesidad de la ley, en un momento en que ya no se conocía la
intención original de la ceremonia que confería el imperium. Sin embargo, se
afirmaba que los dos últimos reyes habían gobernado sin dicha ratificación, lo
que en todo caso podría haber sido una aclamación más informal.
La ley fue aprobada en una asamblea que durante la República tardía sólo
existía de forma nominal, la Comitia curiata, la representación de las curiae;
se suponía que las curiae eran las treinta divisiones políticas creadas por
Rómulo, que recibían su nombre en honor a las mujeres sabinas (que eran de
Cures, en territorio de los sabinos). Estas unidades políticas fueron
reemplazadas ya en 218 a. C. por lictores; el pueblo ya no se reunía, pues cada
curia estaba representada por un lictor y la confirmación era virtualmente
automática, a menos que un tribuno decidiera oponerse. Incluso entonces, un
magistrado no confirmado podría seguir desempeñando las funciones de su cargo a
pesar de todo. En la República tardía, un magistrado podría simplemente
prescindir de esta ratificación alegando su imperium, o un legislador podría
incluir una disposición en una ley que convirtiera en redundante una ley de la
curia. Los censores, en cambio, eran confirmados por otra asamblea, la Comitia
centuriata. Por todo ello, no queda claro el propósito de la lex curiata, y
según S. P. Oakley: «El origen, la naturaleza y la importancia de la lex
curiata de imperio ha sido objeto de un amplio e inconcluso debate.»
En algunos casos se ha especulado que era la que confería el derecho a realizar
auspicios, aunque no los estudiosos no son unánimes en este punto. H. S.
Versnel, en su estudio sobre el triunfo romano, sostenía que la lex curiata de
imperio era un requisito para que un comandante pudiera celebrar un triunfo.
El imperium, sostiene Versnel, no se concedía a un comandante en el ámbito
político, sino que era una cualidad del hombre que se manifestaba en él y que
era reconocida de forma ceremonial por una lex curiata de imperio; La lex no
era fundamental para la obtención de imperium o auspicium, sino más bien el
acto mediante el cual el pueblo expresaba su reconocimiento de esa autoridad.
Aun cuando la lex curiata acabara siendo esencialmente ceremonial, conservaba
la autoridad suficiente para ser útil como táctica política cuando se la
evocaba. Los tribunos podían dificultar su aprobación; los cónsules del 54 a.
C. carecían de la lex y se cuestionaba su legitimidad para ejercer de
gobernadores como procónsules; durante la segunda guerra civil de la República
romana los cónsules del 49 a. C. utilizaron la propia inexistencia de una lex
como pretexto para no llevar a cabo la elección de sus sucesores.
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