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EL SENADO ROMANO




El Senado romano o en latín “Senatus” surgió en la Monarquía, supuestamente con su primer rey, Rómulo, con funciones consultivas, aunque sin poder vinculante, formado por 100 jefes de familia, patricios.



En esta época también cumplían la función de elegir entre ellos al “interrex” que ocuparía el lugar del rey, si éste moría sin haber designado sucesor, y hasta el nombramiento del nuevo rey. Cada “interrex” cumplía su función por cinco días y luego era designado otro, hasta que se nombraba al rey sucesor por el comicio, requiriéndose la “auctoritas patrum” o aprobación senatorial. Brindaba también aprobación a todas las demás resoluciones comiciales o leyes.



En un principio los senadores fueron 100, con Tarquino el Antiguo se elevó el número a 200, y con Servio Tulio, a 300.

En la República, los senadores de 300, elevaron su número a 600 por una Ley Sempronia en el año 123 a. C., durante el tribunado de Cayo Sempronio Graco. Con Julio César pasaron a ser 900; y con Marco Antonio, 1300. Es la época donde tiene su mayor prestigio, pues en el Imperio será un instrumento del emperador.




Hasta la Ley Ovinia del año 312 a. C, fueron los cónsules quienes nombraban a los senadores. A partir de dicha ley esa actividad les correspondió a los censores, debiendo elegirlos entre los más dignos de los magistrados que habían ejercido su cargo en el último lustro. También los plebeyos pudieron a partir de esta fecha integrar el Senado. Salvo que con estos no alcanzaran, no podían designarse senadores a otros ciudadanos, que en caso de resultar electos tenían una dignidad inferior que los ex magistrados, conformando la categoría de los pedarii. Los cargos eran vitalicios, salvo que demostraran mal conducta, en cuyo caso los censores podían removerlos.



El senador que encabezaba la lista confeccionada por los censores, recibía el nombre de prínceps senatus, y era costumbre que fuera el primero en ser consultado.



El Senado se reunía en la Curia Hostilia, luego en la Curia Iulia o en un templo, convocada por un magistrado que la presidía, siendo las sesiones públicas por hacerse a puertas abiertas. No había días fijos, aunque se preferían los días festivos, el de las calendas, las nonas o los idus.



La sesión se anunciaba por “edictum” o heraldo, y las resoluciones se tomaban entre la salida y la puesta del sol, previa consulta de los auspicios y ofrenda de un sacrificio.



Las decisiones del Senado recibían el nombre de senadoconsultos, aún en esta etapa sin fuerza de ley.



Sus funciones judiciales los facultaban para castigar a los magistrados, pudiendo separarlos de sus cargos. Entendían en las causas en que fueran acusados los ciudadanos por conjura contra el Estado o envenenamiento.



Podían otorgar a los cónsules en caso de peligro, amplios poderes, a través del “senadoconsultum ultimum”, para nombrar un dictador, por un lapso que no podía sobrepasar los seis meses. Tenían también a su cargo las relaciones exteriores.



En el Imperio, Augusto redujo el número de senadores a 600, nombrados por el emperador. Sus decisiones (senadoconsultos) adquirieron fuerza de ley, con gran influencia del Emperador. El Emperador se adjudicó el carácter de “prínceps senatum”. Quedaron a cargo del Senado algunas provincias carentes de tropas en las cuales el Senado nombraba gobernadores. Las otras eran provincias imperiales. Perdió en esta etapa el manejo de las relaciones exteriores, ahora a cargo del Emperador.





LA CURIA HOSTILIA, 
SEDE DEL SENADO ROMANO


EL DIVORCIO EN ROMA




( EN LA FOTO ESCANDALOSO "DERECHO DE PERNADA" DE CALÍGULA, TRAS UNA BODA ROMANA )

El matrimonio romano se basaba en una situación de hecho dada por la convivencia; y en un vínculo afectivo, la “affectio maritalis”. Desaparecido alguno de estos elementos no subsistía el matrimonio. Solo se exigían formalidades para disolver el matrimonio en los casos de matrimonio “cum manu”, pues hacían nacer una “potestas” a favor del “pater” que era necesario destruir, exigiéndose para ello una ceremonia contraria a la que le dio nacimiento, que en el caso de la “conffarretio”, era la “diffarreatio”; en la coemptio y el usus no se requerían solemnidades especiales.




Entre los romanos, había que distinguir si la disolución del vínculo era por voluntad unilateral de uno de los cónyuges, en cuyo caso se llamaba repudio; del divorcio propiamente dicho, que era una decisión conjunta y permanente de no continuar con la comunidad de vida. Bonfante sostiene una opinión divergente. Nos dice que era repudio si la decisión era tomada por el marido, y divorcio si partía de la mujer.
El repudio fue una facultad exclusiva del marido, en la primera época romana cuando lo habitual era el matrimonio “cum manu”, debiéndose dar razones fundadas para ello, por ejemplo, por adulterio o graves injurias.




Con la expansión de Roma y el contacto con otras culturas, sobre todo la griega, el repudio y el divorcio se hicieron mucho más frecuentes.



Con los matrimonios “sine manu” fue aún mucho más fácil disolver el matrimonio, siendo común recurrir al repudio sin invocación de causales tanto los hombres como las mujeres.




La gran cantidad de repudios y divorcios provocó tanta corrupción moral, que Augusto a través de la ley Iulia de adulteris impuso que el repudio debía ser efectuado en presencia de siete testigos y con la participación de un liberto.




Por influencia del cristianismo si bien no pudo eliminarse el repudio se le impusieron causales. Si el repudio era incausado se sancionaba al marido con la pérdida de la dote y ya no podía volver a casarse. Si igual se casaba, la esposa repudiada tenía la posibilidad de apoderarse de la dote que hubiera entregado la nueva esposa. Si era la mujer la que repudiaba incausadamente perdía sus bienes que pasaban al ex marido, y además era deportada. Fueron introduciéndose cada vez más causales, hasta hacerse una extensa lista, que el emperador Justiniano redujo a cinco. Por parte del marido, la esposa podía alegar: haber intentado matarla, haber cometido adulterio, haberla acusado falsamente de adúltero o haberla instigado a cometerlo, y la conspiración.



Contra la mujer como causas de divorcio podía esgrimir el marido: Haber intentado matarlo, que hubiera cometido adulterio, conspiración, que hubiera pasado la noche fuera del hogar del marido o de su familia, reunirse con personas de sexo masculino que fueran extraños; y por último, asistir sin permiso del marido, al circo o al teatro.



El repudio sin causa no fue permitido por Justiniano que lo declaró ilegal. El mismo emperador sin embargo permitió el divorcio sin culpa del otro cónyuge en algunos casos, que según la Constitución del 542 fueron: que el marido fuera impotente, que estuviera alguno de ellos cautivo, o que alguno ingresara en la vida monacal.



El divorcio por común acuerdo solo fue permitido si los esposos formularan votos de castidad. Su sucesor Justino lo admitió, al quitarle todo castigo.














ENARRACIONES SOBRE LOS SALMOS , por SAN AGUSTÍN




 





 










"Enarraciones sobre los Salmos" es una obra monumental escrita por San Agustín, uno de los más grandes teólogos y filósofos de la Iglesia Católica y una figura central en la historia del pensamiento cristiano. Esta obra consta de más de ciento cincuenta sermones en los que San Agustín interpreta y comenta exhaustivamente cada uno de los 150 Salmos del Antiguo Testamento. Publicada en el siglo V, esta colección representa una contribución esencial a la exégesis bíblica y una ventana a la mente de uno de los pensadores más influyentes de la Iglesia.

El objetivo principal de San Agustín en estas "Enarraciones" es desentrañar el significado espiritual y moral de los Salmos, buscando ayudar a los creyentes a comprender cómo estos textos sagrados pueden ser aplicados a sus vidas cotidianas. A lo largo de los sermones, San Agustín demuestra su profundo conocimiento de las Escrituras y su capacidad para extraer lecciones eternas de cada verso de los Salmos.

El enfoque de San Agustín es multifacético. En sus comentarios, explora temas como la alabanza y la adoración a Dios, la naturaleza del pecado y la gracia, la relación entre el Antiguo y el Nuevo Testamento, y la importancia de la oración en la vida de un creyente. San Agustín también aborda cuestiones teológicas y éticas clave, como la justicia divina, el sufrimiento humano y la búsqueda de la felicidad en Dios.

Cada sermón es un ejercicio de profundidad exegética y retórica, donde San Agustín utiliza su aguda inteligencia y su profunda espiritualidad para guiar a los lectores en un viaje a través de los Salmos. Además, incorpora elementos autobiográficos, compartiendo sus propias luchas y experiencias espirituales para ilustrar sus puntos y hacer que la enseñanza sea más accesible y relevante.

A medida que avanzamos a lo largo de las "Enarraciones sobre los Salmos", podemos observar la evolución en el pensamiento de San Agustín a lo largo de su vida y su desarrollo teológico. Desde sus primeros sermones como presbítero hasta sus sermones más tardíos como obispo, podemos rastrear cómo su comprensión de la fe cristiana se profundiza y se enriquece con el tiempo.

Esta obra de San Agustín es valiosa no solo desde una perspectiva teológica, sino también como una ventana a la vida y el pensamiento de la Iglesia en la época en que vivió. Además, su estilo literario es cautivador, lo que hace que la lectura sea enriquecedora tanto desde el punto de vista intelectual como espiritual.

En resumen, "Enarraciones sobre los Salmos" de San Agustín es una obra monumental que ofrece una profunda y rica exploración de los Salmos del Antiguo Testamento. San Agustín, con su aguda erudición y su profundo compromiso espiritual, nos guía a través de estos textos sagrados, desentrañando sus significados y aplicaciones en la vida cotidiana de los creyentes. Esta obra sigue siendo un recurso invaluable para estudios bíblicos y teológicos, así como una ventana a la mente y el corazón de uno de los grandes pensadores de la Iglesia Católica.








CARTA DE CNEO POMPEYO MAGNO A MARCO PERPENA VENTO, A PROPÓSITO DE LA TRAICIONERA MUERTE DE SERTORIO




(EN LA FOTO DE ARRIBA, SERTORIO CON SU MASCOTA DE LA BUENA SUERTE)

No me causa alegría saber que Quinto Sertorio ha muerto a manos de un gusano como tú, Perpena. Era sacer pero merecía un mejor fin por manos más nobles.




Me complace sobremanera negarte la recompensa, que no se ofrecía por una cabeza. Se ofrecía a quien facilitase información que nos permitiese apresar o matar a Quinto Sertorio. Si la copia de la proclama que tú viste no lo especificaba así échale la culpa al escriba. Yo desde luego no vi ninguna que no lo especificase. Tú, Perpena, eres de una familia consular en la que ha habido senadores y pretores. Debías de habértelo pensado.




Me imagino que sucederás a Quinto Sertorio en el mando y me complace sobremanera informarte que la guerra continuará hasta la muerte de todos los traidores cuando todos los insurgentes hayan sido vendidos como esclavos.

CNEO POMPEYO MAGNO.



DISERTACIONES FILOSÓFICAS, por MÁXIMO DE TIRO








"Disertaciones Filosóficas" es una obra icónica escrita por Máximo de Tiro (c. 125-180 d.C.), un influyente filósofo de la escuela estoica en la antigua Roma. Este compendio filosófico, que consta de nueve disertaciones, representa un hito en la tradición filosófica estoica y ha tenido un impacto duradero en el pensamiento occidental.

La obra se organiza en una serie de ensayos o disertaciones que abordan una amplia gama de temas filosóficos y éticos. Cada disertación es un análisis profundo y reflexivo de cuestiones fundamentales que preocupaban a los estoicos, y Máximo de Tiro ofrece su perspectiva distintiva sobre estos temas.

En la primera disertación, Máximo explora la naturaleza de la filosofía estoica y su importancia en la búsqueda de la sabiduría y la virtud. Describe la filosofía como un camino hacia la auténtica excelencia moral y una guía para vivir una vida plena y significativa.

En otras disertaciones, Máximo se sumerge en cuestiones como la ética estoica, la naturaleza de las pasiones humanas, la relación entre el individuo y la sociedad, y la importancia de la autoexaminación y la autodisciplina en la vida filosófica. Propone un enfoque práctico de la filosofía estoica, enfatizando la importancia de la autotrascendencia y la autorreflexión como medios para alcanzar la virtud y la felicidad.

Una de las disertaciones más destacadas es la sexta, en la que Máximo explora la relación entre la filosofía estoica y la religión. Argumenta que la filosofía y la religión pueden coexistir armoniosamente, y que la filosofía puede enriquecer la vida religiosa al proporcionar una comprensión más profunda de la moral y la espiritualidad.

Máximo de Tiro también aborda temas relacionados con la naturaleza, la física y la metafísica, lo que demuestra la amplitud de su conocimiento y su capacidad para conectar los aspectos teóricos y prácticos de la filosofía estoica.

Lo que distingue a "Disertaciones Filosóficas" es la claridad y la elocuencia de la escritura de Máximo, así como su habilidad para comunicar conceptos filosóficos complejos de una manera accesible. Sus disertaciones están llenas de ejemplos y anécdotas que ilustran sus puntos de vista y hacen que la filosofía estoica sea relevante y aplicable a la vida cotidiana.

Esta obra ha ejercido una influencia significativa en la filosofía occidental y ha sido estudiada y comentada por filósofos posteriores a lo largo de los siglos. La influencia de Máximo de Tiro se ha extendido a través del tiempo, y sus ideas siguen siendo relevantes en la filosofía moral y ética contemporánea.

En resumen, "Disertaciones Filosóficas" de Máximo de Tiro es una obra esencial en la tradición filosófica estoica que aborda una amplia gama de cuestiones filosóficas y éticas con claridad y profundidad. Este compendio sigue siendo una fuente invaluable de sabiduría filosófica y ética, y la obra de Máximo de Tiro continúa inspirando a filósofos y pensadores contemporáneos en su búsqueda de la virtud y la excelencia moral.